ASOCIACIÓN NACIONAL DE ABOGADOS DEMOCRÁTICOS ANAD
Blog de la ANADSer maestro
Ser maestro
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15/May/2013 00:00 HRS
Ser maestro universitario es la mejor experiencia de la vida. Convivir con jóvenes inquietos, críticos y con un deseo constante de superación es todo un reto, pero debo admitir que estar frente a ellos no es nada fácil.
Formar abogados de los nuevos tiempos es un ejercicio aún más difícil. Es luchar a contracorriente para evitar sean atrapados por el conformismo y el conservadurismo frívolo que los empuja al elitismo, a que miren a la gente como objeto y únicamente como fuente de ganancia.
Enseñar derecho en las universidades te obliga a erradicar la falsa idea de que las normas jurídicas pueden estar por encima de la realidad, incluso de las necesidades de la mayoría de la población.
Es común en los abogados tradicionales conciban al derecho como algo irreductible, imposible de cambiar. Para ellos primero están las normas antes que las personas; el individuo sobre la colectividad, primero yo y luego los demás.
Cada vez que llego al salón de clases, me cuesta trabajo explicar porque las normas jurídicas carecen de lógica y que su objetivo no es alcanzar la justicia. Los jóvenes preguntan constantemente en clase, por qué las normas reglamentarias que buscan proteger a la población son tan confusas que hacen imposible su aplicación.
La mayoría de las normas jurídicas carecen de lógica, muchas de ellas están mal redactadas a propósito, algunas hasta parecen discurso, como eso de que la justicia debe ser “pronta, completa e imparcial”. Basta asomarse a la ventana de la realidad para descubrir que esa frase es una mentira, que en realidad la justicia se encuentra atrapada en litigios tortuosos de muchos años.
Los jóvenes por naturaleza son críticos y esperan de sus profesores verdaderos aportes. Más aún cuando su espacio alcanzado en una universidad pública ha significado una verdadera odisea; más del noventa por ciento de los solicitantes son rechazados.
El papel del profesor es saber transmitir conocimientos. Esa es una preocupación constante quienes estamos frente a un grupo de estudiantes. ¿Cómo evitar la monotonía? Es común escuchar críticas a grandes doctos convertidos en profesores incapaces de transmitir conocimientos.
Lograr la atención en clase es la preocupación constante. Hay ocasiones en que los alumnos aparentan poner atención, miran fijamente al profesor, al pizarrón o escriben como si tomaran nota, pero en realidad su mente está muy lejos del salón de clases.
Dar clases de derecho procesal, a las siete de la mañana, es toda una experiencia. ¿Cómo lograr mantenerlos despiertos y atentos durante toda la clase? Evitar por cualquier motivo únicamente leer la ley o largos textos, dar clases huecas, tediosas, monótonas porque es la peor tragedia para los alumnos.
Lograr que los alumnos aprendan a razonar el derecho, comparando lo que sucede en la realidad, debe ser una prioridad. Manejar el derecho mejor que sus contrarios y los propios juzgadores. Nunca alejarse de las personas. Dignificar el papel del abogado, anteponiendo la honestidad como un elemento esencial en la profesión, debe ser la misión de cualquier profesor de derecho.
Lograr la solvencia de los futuros abogados, la firmeza en sus ideas, la fortaleza de sus alegatos. Convencerlos que es fundamental sepan redactar sus ideas de manera clara, sencilla y sin rodeos; que aprendan a hablar con soltura, con mucha seguridad, debe ser una prioridad en la enseñanza universitaria.
Cuando les pido a mis alumnos visiten los tribunales y conozcan a los juristas en su tarea diaria, generalmente se ven sorprendidos por la preparación de muchos de ellos, pero su sorpresa es mayor al encontrarse con abogados que ostentan cedula profesional y ni siquiera saben defender a sus representados. Actúan de manera titubeante, sin saber expresarse ante su contrario. ¡Qué pena! me dicen mis jóvenes alumnos.
En las visitas a los tribunales mis discípulos se han encontrado con abogados que les explican sin reserva, sin egoísmo, los secretos del quehacer judicial.
–Revisa este expediente, llévate copias de las audiencias, consulta este libro, no olvides nunca la jurisprudencia, debes ser siempre sencillo.
En mi experiencia guardo mucho afecto a las mecanógrafas que dan forma a las actas de las audiencias. Ellas han sido mis formadoras como abogado al entender lo que esconde cada expediente, reconocer esas letras pequeñas, las más recónditas para ganar un caso. Hallar esos misterios de las normas indescifrables y esos acertijos transmitirlos a mis alumnos.
Mientras reflexiono sobre el papel de los profesores y alumnos en los nuevos tiempos, apuro mi camino por los pasillos de la Universidad, para entrar a mi salón de clases…
Correo: mfuentesmz@yahoo.com.mx
Twitter: @Manuel_FuentesM
La privatización de las playas mexicanas
La privatización de las playas mexicanas
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08/May/2013 00:00 HRS
Nuestros legisladores andan muy apurados en facilitar a los extranjeros se apropien de nuestras playas. En alianza, priistas y panistas de la Cámara de Diputados, aprobaron una reforma al artículo 27 constitucional para que esos espacios estratégicos pasen a manos privadas. El dictamen ya fue turnado al Senado de la República y ese grupo de legisladores anda muy apurado en aprobarlo.
En solidaridad con Laura Berenice
El priista Manlio Fabio Beltrones, impulsor del proyecto, argumentó sin rubor que esa reforma tiene el propósito de dar transparencia y seguridad jurídica a extranjeros propietarios de casas habitación en playas nacionales. Se pretende erradicar la simulación, eliminar prestanombres, promover la inversión productiva, el empleo, el crecimiento y el desarrollo regional.
Urge, dice, que lo municipios tengan más recursos económicos. La venta de playas, según él, es una buena opción para que salgamos de pobres.
¿Para quién trabaja el diputado Beltrones?
Él alega que vivimos tiempos “modernos” y que no es posible cerrar los ojos “a la perdida de vigencia” del artículo 27 constitucional para autorizar la adquisición extranjera de propiedades en litorales del país cuando sean exclusivamente para fines de vivienda y sin fines comerciales.
Esta reforma que legisladores panistas y priistas impulsan a toda prisa, es producto de las presiones que ejercen capitales extranjeros para que los jubilados principalmente de Canadá y Estados Unidos puedan poner su letrero de:
“No pasar, Propiedad Privada” para que los mexicanos seamos extranjeros en nuestra propia tierra.
Son más de un millón y medio de jubilados y pensionados norteamericanos que han tomado como colonia a nuestro país. Se han adueñado de las mejores tierras ubicadas en los mejores climas. La Fundación de Retirados dice que sus integrantes tienen preferencia por lugares que están a nivel del mar y en estados culturales.
Los miembros de esta agrupación prefieren vivir en nuestro país porque les rinde más su dinero y su tendencia de adquirir bienes inmuebles les proporciona un mejor nivel de vida del que pueden tener en su país.
Este grupo tiene una gran interlocución con nuestros gobernantes ya que las divisas que dejan aquí representan alrededor de 18 mil millones de dólares al año, apenas debajo de las que envían nuestros paisanos radicados en Estados Unidos.
Los lugares en que se instalan son espacios exclusivos para ellos, tienen sus propios restaurantes y centros de abasto, donde los mexicanos que se atreven acercarse son vistos como extraños. A los que se les da bienvenida con mucho furor es a los jardineros, trabajadoras domesticas y personal de servicio porque trabajan mucho por bajos salarios, que reciben en pesos, y además “son muy alegres” dicen ellos.
La Constitución se ha convertido en un reducto para legitimar las peores tropelías de este régimen. No representa este documento ya un proyecto de nación, sino la protección a un grupo empeñado en apropiarse de nuestros recursos naturales. Los ponen a subasta, como si fuera venta de garaje.
Introducir reformas a la Constitución cancela jurídicamente cualquier reclamo ciudadano. A partir del 3 de abril de este año no es posible recurrir al amparo contra todo tipo de reforma constitucional que se apruebe, porque la nueva ley de amparo, en su artículo 61 fracción I, declara este intento como causal de improcedencia.
Como ejemplo de ello, actualmente hay cientos de resoluciones emitidas recientemente por jueces de Distrito, declarando el archivo de amparos de trabajadores del magisterio contra las reformas constitucionales que cancelan sus derechos fundamentales.
Es la nueva dictadura, usando a la Constitución como parapeto, la que se ha impuesto con este régimen para blindar las decisiones del grupo dominante.
Los legisladores priistas y panistas andan de la mano, sin hacer mucho ruido, empeñados en permitir la entrada de capitales extranjeros en cualquier espacio de nuestro país. En la iniciativa aprobada en la Cámara de Diputados se atrevieron a fundamentar su petición de reforma en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que protege la propiedad privada, olvidando los derechos de la sociedad que están sobre cualquier interés individual.
Estos legisladores mexicanos mejor deberían cambiar su nacionalidad a las de rayas y estrellas para que no sigan aparentando sus verdaderos intereses.
Correo: mfuentesmz@yahoo.com.mx
Twitter: @Manuel_FuentesM
¿Por qué protestan los maestros?, Manuel Fuentes Muñiz
¿Por qué protestan los maestros?
Manuel Fuentes Muñiz
Mientras que los maestros realizan amplias movilizaciones y protestas por todo el país, el poder judicial de la federación se apura a enfrentar los miles de amparos que se presentaron con motivo de la reforma constitucional a los artículos 3º y 73 que cancelan derechos laborales de estabilidad en el empleo, bilateralidad y representación sindical.
Como primera medida la instancia judicial decidió indebidamente concentrar en el Sexto Distrito Judicial con sede en la ciudad de Cholula, Puebla todos los amparos presentados por los trabajadores del magisterio, requiriéndoles señalar domicilio en ese lugar a riesgo de ser notificados en los estrados de esos juzgados.
Los jueces de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región de manera acelerada han empezado a desechar miles de amparos presentados a partir del 3 de abril de 2013 bajo el argumento de que la nueva ley de amparo no permite ningún de recurso contra las reformas constitucionales en materia educativa.
Normalmente son los jueces de distrito de cada región del país quienes conocen de los amparos para permitir que los trabajadores quejosos o a cualquier persona tenga la facilidad para defenderse para presentar sus defensas en la instancia más cercana a su domicilio. La lejanía y concentración impuesta por el poder judicial es una forma de obstaculizar el recurso de amparo magisterial.
Los jueces de distrito de Cholula a quienes se les asignó la tarea laboran presurosos para limpiar el camino reduciendo en el menor número posible los amparos contra de las reformas constitucionales.
Estas medidas tomadas en perjuicio de los maestros que han presentado sus amparos denotan indicios de la falta de independencia de los jueces en la toma de sus decisiones.
Ya el secretario de educación pública Emilio Chyauffet erigiéndose en interprete del poder judicial ha vaticinado “que ninguno de los amparos interpuestos por los sindicatos magisteriales vaya a fructificar”. ¿Por qué tan seguro? ¿ya se pactó con el poder judicial que los amparos no pasaran?
A estas declaraciones del titular de la SEP se suma su inconformidad de la posibilidad de que el Congreso del Estado de Guerrero en una acción soberana contradiga el proyecto de reforma educativa impuesto por el ejecutivo federal y que ha sido avalado por los partidos dominantes PRI, PAN y PRD en el Pacto México.
Ya manifestó que en caso de que el Congreso de Guerrero apruebe la propuesta de los maestros disidentes “acudirá a la Suprema Corte de Justicia para anularla”.
También adelantándose a la decisión soberana de otro congreso estatal que pretendiera proteger los derechos laborales de los maestros señaló que “toda ley local que se haga en contra de la reforma del tercero nosotros acudiremos a la Suprema Corte para que sea declarada inconstitucional es decir para que no se aplique”.
Por otra parte el borrador de la Ley General del Servicio Profesional Docente entregada a los partidos políticos del Pacto por México, deja claro que el propósito de la misma es desmantelar y desconocer los derechos laborales de los trabajadores del magisterio.
No más la intervención sindical en los temas de ingreso, promoción, el reconocimiento y la permanencia. La anulación de todo derecho de los trabajadores del magisterio sobre sus plazas de base como cambios o promociones escalafonarias.
La pretensión es arrasar con todo rastro de derecho laboral para que sea el patrón, a través del ejecutivo federal, el único que pueda decidir sobre la permanencia de los trabajadores de los maestros en sus plazas.
Ya no más negociaciones sobre derechos laborales, ya no más condiciones generales de trabajo o contratos colectivos de trabajo que permitan derechos a favor de los trabajadores.
Estas iniciativas del ejecutivo federal cancelan toda garantía de audiencia para que el trabajador del magisterio junto con su organización sindical pueda ofrecer pruebas en su defensa antes de que se aplique un cese en su perjuicio.
Ya no más derechos laborales para los trabajadores del magisterio; a partir de la reforma constitucional a los artículos 3º y 73 son derechos administrativos para revisar únicamente las medidas impuestas de manera unilateral por la autoridad. En adelante deberá acudirse a los tribunales administrativos y no a los laborales para reclamar cualquier derecho.
Los derechos sociales se convierten con estas medidas en derechos anulados para dar puerta a la privatización de la educación y que en su lugar impere el Servicio Profesional Docente diseñado unilateralmente sin tomar en cuenta los intereses de la sociedad.
La mejora de la educación no debe imponerse a costa de los derechos de los trabajadores porque ellos no son el obstáculo.
Son por estas medidas por las que protestan los trabajadores del magisterio al cerrarles la puerta a todo diálogo y por mandar sus derechos a la basura como si fueran viles objetos. Pero estas medidas autoritarias, impuestas de esta manera fracasarán.
Correo: mfuentesmz@yahoo.com.mx Twitter: @Manuel_FuentesM
La CNDH como la peor autoridad, Manuel Fuentes Muñiz
La CNDH como la peor autoridad
Manuel Fuentes Muñiz
El comportamiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ha sido vergonzoso con motivo de las contrarreformas a la ley federal del trabajo publicadas el 30 de noviembre de 2012 pasado y que afectaron gravemente los derechos humanos de los trabajadores mexicanos.
Grupos de ciudadanos, entre ellos sindicalistas, académicos, profesionistas, acudimos ante la CNDH para solicitar su intervención urgente para que promoviera una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por las violaciones al derecho de estabilidad en el empleo, la legitimación del subcontratismo, el condicionamiento de una productividad sin límite para el otorgamiento de contratos temporales propiciado una explotación salvaje.
Por la cancelación de derechos en el despido, por la reducción del pago de los salarios caídos, la afectación de las trabajadoras domesticas, el trabajo de los menores, los derechos de las mujeres, la desaparición del cuadro de riesgos de trabajo entre otros aspectos.
Se realizaron manifestaciones en sus instalaciones, se presentaron escritos pidiéndole una respuesta. Se le hizo llegar toda la información para demostrarle la gravedad de las reformas laborales en perjuicio de los derechos humanos y los funcionarios de esa institución de “defensa de derechos humanos” no aparecieron por ningún lado.
Ante su falta de respuesta un grupo de abogados entre ellos Manuel de la Rosa Rivas, Héctor Barba García, Jesús Luna Arias, Flor Edith González Pardo, Roberto Julio Chávez Delgado y el autor de esta columna presentamos un amparo el 19 de diciembre de 2012 que fue recibido por el Juez Décimo Cuarto de Distrito Federal en materia administrativa en el Distrito Federal quejándonos de la falta de respuesta de la CNDH.
A nuestras peticiones que formulamos por escrito no se nos dio respuesta comportándose con esta omisión como la peor autoridad, ignorando nuestros derechos humanos de información y petición a que tenemos derecho.
En principio el juzgado negó que tuviéramos derecho a ampararnos en virtud de que no habían transcurrido 4 meses para que se consideraran violados nuestros derechos apoyándose en una vieja ejecutoria que permite esas dilaciones de cualquier autoridad.
Tuvimos que presentar un recurso de queja ante un Tribunal Colegiado de Circuito para que nos fuera admitido el amparo, hecho que finalmente ocurrió y fue cuando la CNDH obligada por la instancia judicial dio respuesta a un escrito que habíamos presentado el 14 de diciembre de 2012 y que fue respondido hasta el día primero de abril de 2013. Fueron 107 días después en que se nos dio respuesta pero obligada por un amparo.
La respuesta firmada por la maestra Yolanda Leticia Escandón Carrillo como Directora General de Asuntos Jurídicos de la CNDH por la presión judicial dice:
“Hago referencia al escrito de catorce de diciembre pasado, mediante el cual pidió la promoción de inconstitucionalidad, contra la reciente reforma a la Ley Federal del Trabajo; sobre el particular expreso atentamente que si bien, existen algunos temas que podrían ser controversiales, lo cierto es que del análisis efectuadas a las citadas reformas, se arribó a la conclusión de que son materia de legalidad y no de una acción de constitucionalidad, lo que en su caso, pueden ser examinado por autoridades competentes a través de los medios legales específicos, en tanto impliquen un agravio personal y directo”
Esta respuesta no tenía la intención de atender una petición que habíamos formulado 107 días antes sino para justificar ante el Juez de Distrito se declarara improcedente nuestro amparo al demostrar que ya se nos había dado respuesta tarde, pero finalmente respuesta.
Es grave que instituciones como la Comisión Nacional de Derechos Humanos se comporten como apéndices del ejecutivo y en lugar de agotar ante todas las instancias posibles la defensa de los derechos humanos omiten la defensa a los trabajadores para evitar se moleste la autoridad y el sector patronal.
La CNDH dice que es una facultad presentar el recurso de inconstitucionalidad y no una obligación. Que mal vamos cuando reconoce una institución obligada a la defensa de los derechos humanos diga que “…existen algunos temas que podrían ser controversiales…” con motivo de las reformas a la ley federal del trabajo y simplemente justifique su indolencia con su inactividad.
La CNDH debe ser juzgada por su complicidad con gobiernos que pasan de prisa atropellando derechos humanos y eligen el silencio cuando se le hacen reclamos; sin embargo cada quincena andan apurados, muy activos esos “defensores” para cobrar puntualmente sus altos salarios a costa del pueblo.
Correo: mfuentesmz@yahoo.com.mx Twitter: @Manuel_FuentesM
El protocolo “de control de multitudes”, Manuel Fuentes Muñiz
El protocolo “de control de multitudes”
Manuel Fuentes Muñiz
Iniciando la semana santa, el lunes 25 de marzo, apareció publicado un controvertido documento firmado por Jesús Rodríguez Almeida, Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal llamado “Protocolo de actuación policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal para el Control de Multitudes”.
Este llamado Protocolo, sin rubor alguno reconoce que su intención es llevar a cabo el “control de multitudes” mediante la acción policiaca. Son las multitudes su objetivo, su enemigo a vencer, para controlarlas a como dé lugar.
Más que un Protocolo de normas internas de la policía es un reglamento de manifestaciones que ni la Asamblea Legislativa del Distrito Federal se ha atrevido a legislar. Ahora por la puerta de atrás llega para tratar de imponerse de manera ilegal.
Por principio de cuentas un Secretario de Seguridad Pública no puede legislar ni emitir normas que trasciendan a todas las personas porque esa facultad es exclusiva de los diputados.
El Secretario de Seguridad Pública del DF sin facultad alguna emitió un protocolo que autoriza, sin sustento legal, a sus subordinados el uso de armas de fuego o de fuerza letal “cuando no sea posible disuadir la acción violenta en que incurre la multitud”.
Ninguna ley autoriza a las fuerzas públicas hacer uso de armas contra manifestaciones y ahora resulta que este protocolo de control de multitudes lo permite de manera autoritaria.
La ley que regula el uso de la fuerza de los cuerpos de Seguridad pública del Distrito Federal en su artículo 12 dice que:
“El Policía sólo empleará armas de fuego en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves, o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia o por impedir su fuga, y sólo en el caso que resulten insuficientes medidas menos extremas para lograr dichos objetivos.”
El redactor del Protocolo dice que “se aplicará ante una multitud o grupo de personas en estado de agresividad donde se vea comprometida la integridad, los derechos y bienes de las personas, preservando las libertades, la paz pública y la seguridad ciudadana para prevenir la comisión de delitos e infracciones.”
¿Qué se considera como “estado de agresividad”? El protocolo de marras no lo menciona, pero tampoco ninguna ley lo reglamenta. La redacción del Protocolo permite dejar a criterio de los mandos policiacos determinarlo.
Una protesta social, en esencia está compuesta por personas inconformes, generalmente molestas por el actuar o la pasividad de una autoridad. Hay gritos y reclamos en mantas y cartulinas. Se hacen exigencias a las más altas autoridades demandando una respuesta. ¿Ahora estos actos se van a considerar agresivos?
El Protocolo pretende restringir los derechos de reunión, de manifestación, de petición reconocidos en nuestra Constitución y en Tratados Internacionales como derechos humanos bajo la amenaza de que cuando se considere “agresiva” una multitud se permita hacer uso de armas de fuego contra ella.
¿Bajo qué criterios van a considerar nuestros policías del Distrito Federal un “estado agresivo” de una multitud?.
Dice el protocolo que será “a juicio de quién tiene el mando en el lugar de los hechos” el que pueda tomar la decisión de usar armas de fuego, en contra de lo que llaman despectivamente “multitudes”.
¿Quién va tener la confianza en el criterio de un mando policiaco para arremeter contra una multitud?. Esta facultad ninguna norma lo autoriza.
Permite este Protocolo el uso de “sustancias irritantes” en contra de las multitudes. ¿Ya se contó con la opinión de la Secretaría de Salud o de organismos de derechos humanos para revisar sus consecuencias en la salud de las personas? No en absoluto, nunca se ha hecho consulta alguna.
Seguramente en bodegas de alguna oficina gubernamental ya se encuentran listos estos irritantes, comprados en el extranjero, para ser usados contra la población.
No se tienen mediciones de lo que pudiera ocurrir contra personas asmáticas, alérgicas o con hipertensión arterial que inhalen una sustancia “irritante” y que pueda tener consecuencias fatales para ellos.
El protocolo permite ilegalmente a la policía capitalina ingresar a una manifestación, desde luego por medio de la fuerza, para separar “a las personas con actitud agresiva”. Ni siquiera la Constitución permite estos actos de ninguna autoridad mucho menos lo puede hacer un protocolo firmado por un secretario de seguridad pública.
Este Protocolo de “control de multitudes” debe ser revocado de inmediato por ser violatorio a los derechos humanos en perjuicio de quienes habitamos en el Distrito Federal.
Todo gobierno debe tener capacidad de autocritica, de reconocer sus errores y enmendarlos. No hay tiempo de espera.
Correo: mfuentesmz@yahoo.com.mx Twitter: @Manuel_FuentesM
Claroscuros de la ley de Amparo
Claroscuros de la ley de Amparo
03/Abr/2013 08:03 HRS
Este miércoles 3 de abril entra en vigor la nueva ley de amparo, que si bien tiene avances en materia de derechos humanos contiene a la par retrocesos que refuerzan el autoritarismo de los jueces, el ejecutivo y el legislativo en perjuicio de los gobernados.
Parece que los redactores del amparo fueron los jueces y no los legisladores al permitirles la discrecionalidad en la emisión de las sentencias. Al revisar cada artículo cada uno de los poderes se da concesiones a costa de los ciudadanos para los que está concebido el amparo.
La idea central de las reformas de la ley de amparo fue poner diques infranqueables para evitar que acciones ciudadanas afecten “las decisiones de estado” que ahora se legitiman en el llamado Pacto por México donde convergen las principales fuerzas políticas y que se implementan con reformas y adiciones a la Constitución.
El artículo 61 de la nueva ley de amparo establece como causal de improcedencia impugnar reformas o adiciones constitucionales. Ello trae como consecuencia la marginación de los Tratados Internacionales en los que México sea parte sobre la Constitución.
Hasta antes de la reforma la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptaba en la jurisprudencia 107/2012 emitida en Octubre de 2012 que en caso de que existiera una diferencia entre la Constitución o los Tratados Internacionales debería prevalecer “aquella que represente una mayor protección para la persona o implique una menor restricción”.
Estas tesis permitía que un Tratado Internacional, si tenía mayores condiciones de protección para las personas, podría aplicarse aún sobre lo dispuesto en la Constitución. Ahora no será posible hacerlo.
El día de ayer en varias partes del país empezaron a advertir a los maestros disidentes en los distintos juzgados de Distrito que ya no se les va a permitir la presentación de más amparos contra la Constitución porque la nueva ley en esta materia ya no lo permite.
Esta restricción de inhibir el amparo contra reformas y adiciones a la Constitución es un hecho muy grave, porque permite al Congreso de la Unión, Cámara de Diputados y el Senado, legislar aun a costa de los derechos humanos, como ha ocurrido con la reforma magisterial. En ésta los derechos laborales de estabilidad en el empleo, de bilateralidad, de organización sindical y protección contractual fueron borrados con toda impunidad.
En adelante bastará que cualquier deseo de los poderes del Estado sea incorporado a la Constitución para evitar a los gobernados el acceso a la institución del amparo. No quedará más remedio que ante la ausencia de recursos internos se tenga que acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos pero la prolongación de la respuesta será inevitable.
Un hecho sorprendente es la desaparición del capítulo del amparo en materia agraria que tenía por objeto proteger a los núcleos de población ejidal o comunal y a los ejidatarios o comuneros en sus derechos agrarios. Permitía la presentación de los amparos en cualquier tiempo cuando se privará parcial o totalmente las propiedades comunales.
Someterlos a las mismas condiciones que el resto de los gobernados a un término 15 días los dejará en desventaja por la dificultad de acceso a la información y a medios de defensa que en el campo es más difícil acceder.
Se permite la imposición de más y mayores multas en perjuicio de quien presente el amparo, los abogados, defensores o un tercero que intervenga y hasta las propias autoridades cuando no atiendan los procedimientos del amparo. En estos casos hay artículos que por redacción confusa permitirá la imposición de una multa con la sola consideración parcial del juzgador.
Por ejemplo en el caso de que una de las partes objetare de falso un documento “si el juez de distrito desechara la impugnación presentada, impondrá al promovente que actuó con mala fe, multa de treinta a trescientos días” de salario mínimo. Concluir si alguien actuó de buena o mala fe será un criterio personal del juez que la nueva ley de amparo lo permite.
Francisco Arroyo presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados reconoció en la ceremonia de la promulgación de la ley de amparo que ésta fue analizada “a toda prisa”. En otras palabras, apenas si la revisaron.
Sorprende las penosas declaraciones del senador perredista Miguel Barbosa de proponer reformas a la ley de amparo en las que él participó y votó y ahora se queja de omisiones que permite se alarguen ese tipo de juicios. ¿No se dio cuenta de estas omisiones de las que ahora reclama?
¿Cuántos diputados y senadores sólo levantaron la mano para aprobar una ley de amparo que ahora genera dudas entre ellos mismos? ¿Y los gobernados donde quedamos?
Nos dicen que la nueva ley de amparo es un avance en la protección a los derechos humanos. Lo queremos ver en los hechos, no en los discursos políticos.
Correo: mfuentesmz@yahoo.com.mx Twitter: @Manuel_FuentesM
Te pego a ti líder para que la paguen los trabajadores, Manuel Fuentes Muñiz
Te pego a ti líder para que la paguen los trabajadores
Manuel Fuentes Muñiz
La andanada en contra de Elba Esther Gordillo ha servido de pretexto para cuestionar a todos los líderes sindicales y ponerlos ante la opinión pública bajo el mismo rasero. Ocupar el cargo de representante sindical ya es motivo de sospecha por la propaganda incesante que de manera intencionada se propala por todos los medios.
El desprestigio promovido por los sectores empresariales, preocupados según ellos por los trabajadores, tiene como verdadera intención debilitar a las organizaciones sindicales. El propósito empresarial es poder actuar sin intermediarios para imponer sin resistencia las reformas laborales y bajos salarios.
La propuesta presentada por la bancada del PAN en el Senado a través de Javier Lozano y la hija de Elba Esther Gordillo, la senadora del Panal, Mónica Arriola, para eliminar el descuento sindical por medio del patrón para que sean los trabajadores quienes lo hagan de manera directa, tiene esa pretensión.
Parece que la senadora Arriola busca saldar culpas, haciendo alianza con el disminuido panismo, para golpear al sindicalismo auténtico.
Una propuesta aparentemente inofensiva, de lograr la entrega directa de las cuotas a los sindicatos, pretende en realidad que éstos carezcan de recursos económicos para afrontar su gestión diaria y reducir su filiación sindical a la mínima expresión.
Es consolidar un modelo individualizado de relaciones laborales para evitar al patrón el trato con el colectivo laboral.
Este modelo, del trato directo entre trabajador y patrón, se impone actualmente en el sector privado mexicano, fenómeno que se acelera con el crecimiento, en número, de las empresas subcontratistas.
Este hecho ha significado, no la minimización de los sindicatos, sino su desaparición en la inmensa mayoría de los sectores industriales. En más del 90 por ciento de las empresas han logrado anular a los sindicatos a través de la figura de los “contratos colectivos de protección”. En el sector empresarial la frase que permea es: “el mejor sindicato es el que no existe”.
En aquellos lugares donde los trabajadores han logrado constituir sindicatos para su defensa, éstos representan una franca minoría frente al resto de los asalariados. Las empresas bajo el ardid de que la mayoría es “trabajador de confianza” logran en ocasiones que entre el 70 y 90 por ciento no tenga carácter sindicalizable.
Jurídicamente esto es inconcebible porque los trabajadores de confianza son quienes tengan funciones de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización de carácter general o cuando realicen trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.
Sin embargo la complicidad de las autoridades y la acción permisiva de imponer contratos colectivos de trabajo confeccionados por las mismas empresas ha logrado imponer un modelo sindical inexistente en la realidad, pero existente únicamente en el papel.
Esta pretensión de un nuevo remedo de reforma laboral, propuesto por los panistas e integrantes del panal, es lograr que el prototipo impuesto en países de centroamérica, de individualización laboral, sea vigente también en nuestro país.
Además de la propuesta anterior se busca que los representantes sindicales que han logrado pactar tiempo completo para la atención de los problemas de sus representados, de ahora en adelante se intenta que sus salarios sean cubiertos por el organismo gremial y no por las empresas.
En los sindicatos medianos y pequeños, que son la mayoría, no será posible cubrir los salarios de sus representantes.
Estas propuestas, se dan en medio del escándalo, por el dispendio de recursos sindicales para fines personales de los que se acusa a la señora Elba Esther Gordillo, pero sirven para justificar la embestida sindical.
Día a día la nota de mayor interés en los medios nacionales y con repercusiones internacionales es la suerte de la lideresa. El procurador y subprocurador se han convertido en los adalides de la justicia y pregonan se hará justicia a los trabajadores del magisterio.
Se usa este discurso justiciero para ocultar o minimizar lo más posible la reforma magisterial que afecta gravemente los derechos laborales de cientos de miles de trabajadores de la educación.
Pero también personeros de sectores patronales conservadores, aprovechan la ocasión, para justificar el golpeteo mediático a los líderes sindicales para lograr que los paganos en realidad sean los trabajadores.
Se ambiciona borrar cualquier resistencia, aprovechando el autoritarismo presidencial, para obstaculizar mejoras salariales y condiciones laborales dignas. Pero son tiempos de no permitirlo.
Correo: mfuentesmz@yahoo.com.mx Twitter: @Manuel_FuentesM

















































